SANTO
DOMINGO, República Dominicana.- Sin un referendo aprobatorio es
imposible la reforma constitucional, explicó este miércoles el jurista,
Ramón Pina Acevedo.
“Toda
reforma en el sistema electoral que toque los derechos ciudadanos de
elegir y ser elegido está tocando derechos fundamentales y la reforma,
si se hace, ha de ser sometida a la aprobación por vía del referendo
aprobatorio”, expuso.
Al
hacer un análisis del contexto de las reformas constitucionales para un
propósito específico, precisó que es necesario y oportuno observar la
trayectoria y las formas llevadas a cabo para que esto sucediese.
Dijo
que el artículo 124 de la actual Constitución expresa sobre la elección
presidencial que “el Poder Ejecutivo se ejerce por el o la presidente
de la República, quien será elegido cada cuatro años por voto directo y
no podrá ser electo para el período constitucional siguiente”.
“Esta
última Constitución ha querido enmendar el error que se cometió al
suprimir la actividad popular en la elaboración de la ley que nos rige a
todos y en el artículo 272 introdujo una fórmula el (Referendo
aprobatorio) que sirve para dar participación al pueblo en las reglas
que lo dirigen”, señaló el jurista.
En
un documento de prensa, agregó que este artículo establece que “la
aprobación de las reformas a la Constitución por vía de referendo
requiere de más de la mitad de los votos de los sufragantes y que el
número de éstos exceda del 30% del total de ciudadanos que integren el
registro electoral, sumados los votantes que se expresen por “SÍ” o por
“NO”.
Pina
Acevedo añadió que también reza que “si el resultado del referendo
fuere afirmativo, la reforma será proclamada y publicada íntegramente
con los textos reformados por la Asamblea Nacional Revisora.
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