Por: Manuel Ant. Moreta F. ma.
Publicado por Barahona
Hoy, enero 5 del 2014 .
Hemos escuchado que
debemos pagar impuestos, debemos conocer como se originan y cuales son los
principales impuestos en república dominicana.
La historia de los
impuestos en la sociedad es tan antigua como la sociedad misma. En la medida en que los grupos humanos se han
organizado en comunidades independientes, han establecido diferentes tipos de
impuestos para cubrir las necesidades de la vida en comunidad.
A pesar de que
existen controversias en la doctrina tributaria acerca del origen del Impuestos
Sobre la Renta
y su origen en mundo, este surgió como un recurso esporádico para financiar de
guerras y para satisfacer necesidades sociales.
La mayoría de los
autores coinciden al afirmar que las estructuras jurídicas en que descansan los
impuestos fueron establecidas en Roma, considerada como la “Cuna del Derecho en
General”, y en la Biblia
aparecen menciones claras de su existencia, variedad y obligatoriedad
En el Imperio Romano, Roma
estableció para sufragar sus inmensos gastos un tributo especial a las tierras
Conquistadas, el Tributum o Estipendium y otro que recaía sobre las personas
Tributum Capitis, gravando a todos por igual, constituyendo una fuente de
ingresos para las arcas del Estado. La mayoría de los autores coinciden al
afirmar que, las estructuras jurídicas en que descansan los impuestos fueron
establecidas en Roma, considerada como la “Cuna del Derecho en General”, y en la Biblia aparecen menciones
claras de su existencia variedad y obligatoriedad.
La Biblia también registra temas tributarios, en donde se le pregunta a Jesús sobre si es justo pagar impuesto al
Cesar o no. Jesús no dirime ninguna cuestión política, ni social, ni económica,
¨ En este sentido, en el Evangelio de San Mateo (Cap. 22 Vers.21), Jesucristo
replicó a sus apóstoles en relación con el impuesto debido al emperador romano
Julio César lo siguiente, “Por lo tanto, den al César lo que es del César y a
Dios lo que a Dios Corresponde”. Asimismo, en el libro delos Romanos (Cap. 23,
Vers. 7) San Pablo expresa: “Paguen a cada uno lo que corresponde: al que
contribuciones, contribuciones; al que impuestos, impuestos; al que respeto,
respeto; al que honor, honor.
La Tributación en el Nuevo Mundo, España como
una forma de de incrementar el dinero de la Real Hacienda y
poder financiar los diferentes gastos del estado estableció una serie de
impuestos a las actividades en América. Entre los que se encontraban la Alcabala, que era un
impuesto de origen árabe que gravaba las compras y ventas de cualquier
producto, el Almojarifazgo, que consistía en el cobro de un arancel aduanero, y
las derramas, que era una contribución forzosa para colaborar en caso de
emergencia.
Impuesto Sobre la Renta en el Mundo. El impuesto sobre la renta fue establecido
por primera vez en el año de 1798, por
el Primer Ministro Ingles Willian Pitt, con el fin de obtener fondos para la
guerra a Francia, y se abolió en el año de 1816. En 1909 Loyd George, introdujo
en Inglaterra la progresividad del y creo un tributo extraordinario aplicable a
ciertas rentas.
En los Estados Unidos de Norteamérica se estableció por primera vez,
en el año 1864, bajo firma de Impuesto de guerra.
Refiriéndose a este
tema el Dr. Roque García Mullin, expresa: Como Impuesto General Comprensivo de
todas las rentas, puede decirse que en el siglo XIX se introduce en Gran
Bretaña, cuyo Sistema Fiscal dominara a partir de entonces. Pero el resto de
los países, en el siglo XX donde aparecerá
y se consolidara. Así, en Norteamérica luego de una experiencia en 1864
bajo la forma de Impuesto de Guerra Civil, reaparece en una Ley de 1894 y es
declarado inconstitucional por la Suprema Corte.
En América latina
se establece entre los años de 1920 y 1935, los primeros países en establecerlo
en esta parte del mundo fueron: Brasil
en 1923, Colombia en 1928 y Argentina en
1932.
En cuanto a la
evolución del Impuesto Sobre la
Renta, es preciso recordar que con los problemas sociales, políticos y económicos de lo
diferentes países a todo lo largo de su historia, el Estado ha asumido
diferentes funciones, desde estar encarnado en el patriarca hasta ser la máxima
representación de la sociedad jurídicamente organizada, y esas variaciones
también han sido sufridas en el Impuesto Sobre la Renta.
En cuanto a su
evaluación, históricamente los impuestos han pasado por Cuatro (4) grandes
etapas de utilización:
·
Como recurso esporádico de guerra.
·
Como adición temporal a los
ingresos regulares del Estado.
·
Como fuente permanente de entradas
para el Estado.
Como la más
importante fuente de ingresos para el sistema fiscal
Origen y
Evolución del impuesto Sobre la
Renta en República Dominicana.
La
república dominicana hasta la primera ocupación militar en los años de 1916 al
1924, no contaba con un eficiente sistema tributario, los norteamericanos
consideraron que el país tenía un sistema impositivo muy arcaico y lleno de
inconsistencias y fallas. No había impuestos directos y el más
significativo era el cobrado por las aduanas. Los ayuntamientos tenían
una cantidad de cargas municipales, cobradas muy deficientemente y con altos
niveles de corrupción. Desde el inicio, el Gobernador Knapp quiso
modernizar y centralizar los impuestos para lograr con ello un mayor ingreso
fiscal. Se trajeron expertos norteamericanos que con ayuda local sugirieron al
gobierno abolir una serie de impuestos y arbitrios
El 11 de febrero
del año 1949, se dicto la Ley
No. 1927, de Impuesto sobre la Renta que derogo la mayoría
de las leyes tributaria anteriores, y además se creó la Dirección General
del Impuesto Sobre la Renta,
organismo encargado de administrar el Impuesto Sobre la Renta, el cual se estableció
por primera vez en la misma Ley.
En diciembre del
1950 se sustituye el Impuesto Sobre la
Renta por el Impuesto Sobre el Beneficio, quedando encargada
de administrar el impuesto a partir del año 1951.
El 26 de Junio del
año 1954 se promulgó la Ley
3861 de Impuestos Sobre los Beneficios, la cual se puede considerar para ese
entonces como una ley de impuesto sobre la renta real
El 7 de noviembre
de 1961 se dicto la Ley
no. 5651 por medio de la cual se agregaron al Impuesto sobre el Beneficio, las
rentas provenientes de la explotación agropecuaria y forestal ejercidas por las
personas físicas y las rentas provenientes del trabajo personal y profesiones liberales y otras actividades
lucrativas, cuarta y quinta categoría, respectivamente.
Posteriormente para
el año de 1992 se dicto la Ley
No. 11-92, la cual crea el Código Tributario Dominicano y
modifica la Ley No. 5911. Desde ese
entonces Se han realizado modificaciones recientes a este impuesto, mediante
las reformas Tributarias establecidas en las siguientes Leyes Tributarias:
Principales Impuestos
que aplica la
Administración Triburaria en Republica Dominicana.
1*- Impuesto Sobre la Renta, Es el impuesto que grava ingreso, utilidad o beneficio, obtenido por
Personas Físicas o naturales, Sociedades jurídicas y Sucesiones Indivisas, en un período fiscal
determinado. Base Legal: Título II Ley 11-92 d/f 16/05/1992 y sus
modificaciones. Con cuna tasa de un 29% sobre las utilidades. Grava además a
las personas físicas con tata de 15%, 20% y 25% a las personas físicas según la
escala de ingresos obtenidos durante el año fiscal.
Escala retención
asalariados 2012 ( escala vigente hasta el 2016)
Escala
Annual
|
Tasa
|
Renta
hasta RD$399,923.00
|
Exento
|
Rentas desde RD$399,923.00 hasta RD$599,884.00
|
15% del excedente de RD$399,923.00
|
Rentas desde
RD$599,884.00 hasta RD$833,171.00
|
RD$29,994 más el 20% del excedente de RD$599,884.01
|
Rentas desde RD$833,171.00 en adelante
|
RD$76,652.00
mas el 25% del excedente de RD$833,171.00
|
Fuente:
Dirección General de Impuestos internos
2*- Impuesto sobre los
Activos de las empresas. Este impuesto grava los
activos de las entidades con un 1%, no es aplicable cuando el impuesto a las
ganancias supera el impuesto de los activos.
3*- Impuestos a las
transferencias de Bienes Industrializados (ITBIS). Es el impuesto que grava la transferencia e importación de bienes
industrializados, así como la prestación y locación de servicios. Base Legal:
Título III Ley 11-92 d/f 16/05/1992 y sus modificaciones. La tasa de aplicación
del ITBIS es un 18% y 11 % sobre la transferencia gravada y/o
servicio prestado. Según quedo establecido mediante Ley 253 del año, 2012.
4*- Impuesto Selectivo al consumo, establecido con el Título IV Ley 11-92 d/f 16/05/92 y sus
modificaciones, es el impuesto que grava las transferencias de algunos bienes
de producción nacional a nivel de fabricación, así como su importación;
servicios de telecomunicaciones, de seguros en general y pagos a través de cheques, productos del
Alcohol, Productos del Tabaco, cervezas, Servicios de Telecomunicaciones. Pagos
realizados con cheques por las entidades de intermediación financiera así como
los pagos realizados a través de transferencias electrónicas.
5*-Impuesto Sobre
Sucesiones y Donaciones, Es el impuesto que grava toda transmisión de bienes muebles o inmuebles
por causa de muerte o donación. Base Legal: Ley 2569 d/f 4/12/1950 y sus
modificaciones con una tasa de un 3%, recae directamente sobre los herederos.
Mientras que en caso de donaciones la tasa es un 29% del valor de la donación.
6*-Impuestos sobre las Operaciones Inmobiliarias, grava con un
3% la venta de inmuebles y sus mejoras, grava con un 2% las hipotecas.
7*-Impuesto sobre la Propiedad Inmobiliaria
(IPI), el
IPI es el impuesto que se aplica a las viviendas (casas y apartamentos) y a los
solares ubicados en zonas urbanas con valor de más Cinco millones de pesos con
una tasa de 1%, su base legal: Ley 18-88 d/f 19/01/1988 y sus modificaciones.
8*-Impuestos a los
Combustibles Fósiles, grava con un 13% la importación y la producción local de combustible,
además del impuesto a cada tipo de combustibles especifico.
9*-Impuestos a las
bancas de loterías y a las bancas deportivas, grava con un impuesto fijo
anual y grava además con un impuesto a los beneficiarios de los premios.
10*-Impuestos a los
Casinos,
grava las mesas de juegos instaladas en los casinos, los
mismos, están contenidos en las Leyes 351 de fecha 06 de agosto de 1964 y 24/98
del 04 de febrero del 1998.
11*-Impuestos a las Maquinas Tragamonedas, Grava las operaciones brutas
de las maquinas.
12*-Impuestos sobre
el Capital de la compañía, Grava con un 1% el capital en caso de constitución de compañía y en el
caso de aumento de capital.
13*-Impuestos a los
Vehículos de Motor, grava con valores de $1,200.00 y 2,200.00 y además grava a la
motocicletas para poder circular.
13*-Impuesto a las
Zonas Francas de Exportación, establece un impuesto de más de 2.5%, sobre el total de sus ventas
brutas en el mercado local.
14*-Impuestos Aduanales, los impuestos aduanales
provienen de la importación de bienes aplicando una tabla de aranceles
aduanales, en ocasiones muy altos y
además el itbis por transferencia cargados a los bienes, entre otros cargos.
Derivados de la importación. Aduana cobra además los impuestos a todos los
combustibles fósiles.
Impuestos
Municipales:
Los impuestos municipales aunque no llegan al gobierno
central constituyen cargas impositivas para las entidades, consisten en
arbitrios exigidos por los ayuntamientos, por letreros, paqueos, lavaderos,
vallas, estaciones de gas y gasolinas, entre otros.
Además cobran arbitrios por construcción de viviendas,
torres, cargas y descargas de puertos, antenas de comunicación, hipotecas,
entre otros.
Penalidad, Multas y
Sanciones, la no presentación no oportuna o en fecha hábiles implicará un 10%
de recargo por mora sobre el valor del impuesto, por el primer mes o fracción
de mes, y un 4% progresivo e indefinido por cada mes o fracción de mes
subsiguiente, además de un 1.73% acumulativo de interés indemnizatorio por cada
mes o fracción de mes, según lo estable ce el articulo 26 y articulo 251 de la Ley 11-92.
A demás de las sanciones aplica en párrafo anterior el incumplimiento de los deberes formales, según lo establece el articulo 50 de la Ley 11-92 ( Código Tributario ) tales como la no presentación de la Declaración Jurada, suministrar información falsa o inexacta, entre otros, se penaliza con multas de cinco (5) a treinta (30) salarios mínimos.
Conclusión
Observe usted, Vea que con la gran diversidad de
impuestos aun no son suficientes para el Estado, se habla de aumentar la
presión tributaria, es decir recaudar mas impuestos.
La Dirección General de Impuestos Internos. Es la Entidad gubernamental que se encarga de administrar y de recaudar
los impuestos internos, las tasas y las contribuciones especiales. Surge mediante ley 166-67 la cual funde al
antigua Dirección General de Rentas Interna y
el Impuesto Sobre la
Renta. El 19 de julio del año 2006, se promulga la ley 227-6
la cual otorga personería jurídica autonomía presupuestaria, funcional,
administrativa y técnica a la dirección general de impuestos internos (DGII).
No hay comentarios:
Publicar un comentario