Por:
Manuel Ant. Moreta F. MA, Barahona, Rep. Dom.
Para
Barahona Hoy..
Publicado el 19 de Enero, 2013.
Los impuestos
han constituido desde siempre la fuente de financiación de la actividad
financiera del estado. La declaración de renta constituye una
de las actividades fiscales más importante para el fisco como fuente de
ingresos, las disposiciones legales tributarias establecen que las entidades
comerciales están obligadas a declarar y
pagar sus tributos sobre las
utilidades anuales. Las Sociedades
que operan en el entorno económico se exponen a la inflación. La devaluación monetaria, pérdida del poder adquisitivo, desordenes en
el nivel general de precios, entre otros efectos, son algunas de las consecuencias que afectan
las utilidades y el capital de trabajo de las
entidades económicas que exponen sus
activos a la inflación.
La
inflación es un proceso que
se caracteriza por la pérdida de valor adquisitivo y graves desordenes
económicos, generando perdida en los
bienes de capital de los países y
empresas, reflejándose en la
calidad de vida de las personas, siendo las mas afectadas las de menos
recursos e ingresos.
De hecho se
han señalado que existen al menos tres tipos de inflación:
Inflación de demanda (Demand pull
inflation), cuando
la demanda general de bienes se incrementa, sin que el sector productivo haya
tenido tiempo de adaptar la cantidad de bienes producidos a la demanda
existente.
Inflación de costos (Cost push inflation), cuando el costo de la mano de obra
o las materias primas se encarece, y en un intento de mantener la tasa de
beneficio los productores incrementan los precios.
Inflación auto construida (Build-in
inflation), ligada
al hecho de que los agentes prevén aumentos futuros de precios y ajustan su
conducta actual a esa previsión futura.
El ajuste por inflación está destinado a la
actualización de determinados rubros de los estados contables. En un contexto
inflacionario los estados contables ajustados aseguran una información
fehaciente de la empresa facilitando así las decisiones de los propietarios e
interesados, ajustando la perdida por el deterioro del signo monetario,
aplicando Índices correctivos, actúa como nivelador en determinados rubros de
los estados contables entre las fechas de inicio y final de un período.
El Banco
Central de la
República Dominicana es la única entidad monetaria
autorizada a determinar el indicador del índice de precio
al consumidor (IPC.), de manera periódica (mensual, anual) utilizada para
indexar precios de artículos, impuestos, artículos de consumo, contratos, y
otros. En ese sentido, la determinación
del índice de precio al consumidor (IPC)
no es optativa, ni arbitraria,
sino que esta obedece a los organismos competentes. El índice de ajuste por
inflación es publicada mediante aviso por la Dirección General
de Impuestos Internos (DGII).
Los efectos de la inflación son bien conocidos por
todos nosotros, desacelera el crecimiento económico y afectan la productividad de las entidades,
traduciéndose esto en una reducción de los ingresos del estado. A consecuencia de la inflación los ingresos
del estado se hacen deficientes o insuficientes para cubrir sus operaciones.
Un aspecto negativo del
ajuste por inflación es que recae sobre el supuesto de que tratan a todas las personas
para la indexación como iguales cuando se trata de el costo de vida, precios,
costo de construcción, cualquiera fuera el objeto de ajuste o prestación", mientras que para juste o
compensación solo se trata a personas físicas o jurídica vinculado a la
generación de renta imputado con el ejercicio fiscal de renta, administrado en la Dirección General
de Impuestos Internos (DGII).
El Índice de Precio al Consumidor (I.P.C.), que
refleja el valor de la canasta familiar a nivel nacional es un valor promedio
resultado de la sumatoria y división de todos los niveles de consumo, tanto del
de las familias de altos ingresos, como las de los ingresos medios y bajos, es
decir que son afectados, los salarios no son indexados en la medida que pierden
poder adquisitivo.
En la República Dominicana, varias leyes incluyen
disposiciones para indexar impuestos y multas a favor del Estado, la ley de
combustible, tasa de cambio y otros, de hecho algunos autores y políticos consideran
que la indexación esta prohibido por la constitución debido a que contribuye a la inflación, consideran que la
indexación es un impuesto que de por si se ajusta constantemente.
Reconociendo el impacto que el fenómeno inflacionario
produce en la economía y en las entidades comerciales, el fisco otorga un crédito impositivo a las sociedades comerciales, industriales
o de servicios con finalidad de
lucrativas, contemplado legalmente a
través del decreto 1520-04 sobre el
ajuste por inflación, para re indexar la perdidas que sufren por devaluación monetaria sus activos, los cuales son expresados en la Información Financiera anual y que están obligadas a declarar las entidades al fisco conjuntamente con el pago de sus
obligaciones fiscales (impuestos).
El propósito del gobierno central es lograr una
economía estable y una inflación controlada, en este sentido la autoridad tributaria tiene la
obligación de mantener las
recaudaciones fiscales con los más óptimos resultados. A pesar de que en los
últimos años la economía dominicana ha experimentado una ligera estabilidad
económica, es de conocimiento general
que la carga financiera del estado se
hizo insuficientes para los años 2011 y 2012
debido al manejo incorrecto de las políticas monetarias de las
autoridades de turno.
Para lograr la estabilidad actual mínimamente lograda
el gobierno de turno tuvo que recurrir a la promulgación de una nueva Reforma
fiscal, (ley 253-12) con el objetivo de cubrir el déficit fiscal, tomando entre
otras medidas la suspensión del Ajuste fiscal contemplado en el decreto 1520-04 hasta el próximo año, 2016.
Esto implica que las empresas no podrán indexar
o ajustar por inflación sus estados
financieros para fines fiscales sino que
tendrán que esperar hasta el año 2017,
es decir el gobierno no otorgara el crédito fiscal por inflación.
Conclusión
En tales consecuencias las empresas verán disminuir
su capital de trabajo y posiblemente el nivel de activo y flujo de efectivo.
Que podemos
hacer con nuestros ingresos que no son
ajustados en la misma manera del deterioro el poder adquisitivo del salario que
devengamos, tales como sucede con la gasolina, los productos de consumo diario,
entro otros.
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