El decreto 1520-04 sobre el ajuste por inflación y la reforma fiscal del año, 2012, Ley 253-12.




 Por: Manuel Ant. Moreta F. MA, Barahona, Rep. Dom.
 Para Barahona Hoy..
Publicado el 19 de Enero, 2013.



Los  impuestos han constituido desde siempre  la  fuente de financiación de la actividad financiera del  estado.  La declaración de renta constituye una de  las actividades fiscales  más importante para el fisco como fuente de ingresos, las disposiciones legales tributarias establecen que las entidades comerciales están obligadas a declarar  y pagar sus  tributos  sobre las  utilidades anuales. Las Sociedades  que operan en el entorno económico se exponen a la inflación.  La devaluación monetaria,  pérdida del poder adquisitivo, desordenes en el nivel general de precios, entre otros efectos,  son algunas de las consecuencias que afectan las utilidades y el capital de trabajo de las  entidades económicas  que exponen sus  activos a la inflación.


La inflación es un proceso que se caracteriza por la pérdida de valor adquisitivo y graves desordenes económicos, generando  perdida en los bienes de capital de los países y  empresas, reflejándose  en la calidad de vida de las personas, siendo las mas afectadas las de  menos  recursos e ingresos.

De hecho se han señalado que existen al menos tres tipos de inflación:
Inflación de demanda (Demand pull inflation), cuando la demanda general de bienes se incrementa, sin que el sector productivo haya tenido tiempo de adaptar la cantidad de bienes producidos a la demanda existente. 

Inflación de costos (Cost push inflation), cuando el costo de la mano de obra o las materias primas se encarece, y en un intento de mantener la tasa de beneficio los productores incrementan los precios.
Inflación auto construida (Build-in inflation), ligada al hecho de que los agentes prevén aumentos futuros de precios y ajustan su conducta actual a esa previsión futura. 

El ajuste por inflación está destinado a la actualización de determinados rubros de los estados contables. En un contexto inflacionario los estados contables ajustados aseguran una información fehaciente de la empresa facilitando así las decisiones de los propietarios e interesados, ajustando la perdida por el deterioro del signo monetario, aplicando Índices correctivos, actúa como nivelador en determinados rubros de los estados contables entre las fechas de inicio y final de un período.

El  Banco Central de la República Dominicana es la única entidad monetaria autorizada  a  determinar el indicador del índice de precio al consumidor (IPC.), de manera periódica (mensual, anual) utilizada para indexar precios de artículos, impuestos, artículos de consumo, contratos, y otros.   En ese sentido, la determinación del índice de precio al consumidor (IPC)  no es optativa, ni  arbitraria, sino que esta obedece a los organismos competentes. El índice de ajuste por inflación es publicada mediante aviso por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). 

Los efectos de la inflación son bien conocidos por todos nosotros, desacelera el crecimiento económico y  afectan la productividad de las entidades, traduciéndose esto en una reducción de los ingresos del estado.  A consecuencia de la inflación los ingresos del estado se hacen deficientes o insuficientes para cubrir sus  operaciones.

Un aspecto negativo del ajuste por inflación es que   recae sobre el  supuesto de que tratan a todas las personas para la indexación como iguales cuando se trata de el costo de vida, precios, costo de construcción, cualquiera fuera el objeto de ajuste  o prestación", mientras que para juste o compensación solo se trata a personas físicas o jurídica vinculado a la generación de renta imputado con el ejercicio fiscal de renta, administrado en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). 

El Índice de Precio al Consumidor (I.P.C.), que refleja el valor de la canasta familiar a nivel nacional es un valor promedio resultado de la sumatoria y división de todos los niveles de consumo, tanto del de las familias de altos ingresos, como las de los ingresos medios y bajos, es decir que son afectados, los salarios no son indexados en la medida que pierden poder adquisitivo. 

En la República Dominicana, varias leyes incluyen disposiciones para indexar impuestos y multas a favor del Estado, la ley de combustible, tasa de cambio y otros, de hecho algunos autores y políticos consideran que la indexación esta prohibido por la  constitución debido a que  contribuye a la inflación, consideran que la indexación es un impuesto que de por si se ajusta constantemente. 

Reconociendo el impacto que el fenómeno inflacionario produce en la economía y en las entidades comerciales,  el fisco otorga un crédito impositivo  a las sociedades comerciales, industriales o  de servicios con finalidad de lucrativas, contemplado legalmente  a través del decreto 1520-04 sobre el ajuste por inflación, para re indexar la perdidas que sufren por  devaluación monetaria sus activos,  los cuales son expresados en la Información  Financiera anual y que están  obligadas a declarar las entidades  al fisco conjuntamente con el pago de sus obligaciones fiscales (impuestos). 

El propósito del gobierno central es lograr una economía estable y una inflación controlada, en este sentido la  autoridad tributaria  tiene la  obligación de  mantener las recaudaciones fiscales con los más óptimos resultados. A pesar de que en los últimos años la economía dominicana ha experimentado una ligera estabilidad económica, es de  conocimiento general que la  carga financiera del estado se hizo insuficientes para los años 2011 y 2012  debido al manejo incorrecto de las políticas monetarias de las autoridades de turno. 

Para lograr la estabilidad actual mínimamente lograda el gobierno de turno tuvo que recurrir a la promulgación de una nueva Reforma fiscal, (ley 253-12) con el objetivo de cubrir el déficit fiscal, tomando entre otras medidas la suspensión del Ajuste fiscal contemplado en el decreto  1520-04 hasta el  próximo año, 2016.

Esto implica que las empresas no podrán indexar o  ajustar por inflación sus estados financieros  para fines fiscales sino que tendrán que esperar hasta el año 2017,  es decir el gobierno no otorgara el crédito fiscal por inflación. 

Conclusión
En tales consecuencias las empresas verán disminuir su capital de trabajo y posiblemente el nivel de activo y flujo de efectivo.
 Que podemos hacer con  nuestros ingresos que no son ajustados en la misma manera del deterioro el poder adquisitivo del salario que devengamos, tales como sucede con la gasolina, los productos de consumo diario, entro otros.

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