TSA aplaza Amparo Preventivo contra el Congreso por eventual reforma Constitucional

Decisión


 
Abogados de la FJT, en audiencia de Amparo Preventivo en el TSA, contra el Congreso por Reforma Constitucional sin Referendo. A la derecha Trajano Potentini.
Abogados de la FJT, en audiencia de Amparo Preventivo en el TSA, contra el Congreso por Reforma Constitucional sin Referendo. A la derecha Trajano Potentini. (Fuente Externa)
La Fundación Justicia y Transparencia, (FJT) informó este lunes que el Tribunal Superior Administrativo aplazó para el jueves 9 de abril el Amparo Preventivo de Extrema Urgencia, en contra del Congreso Nacional, interpuesto por la entidad cívica, en ocasión de advertirse una inminente amenaza de modificar la Constitución de la República sin referendo.

FJT explicó que una modificación de la Constitución de esta forma resultaría en violación a los derechos de ciudadanía y fundamentales, de más de siete millones de ciudadano dominicanos, impidiéndole ejercer su derecho a decidir mediante referendo los asuntos que la constitución pone a su cargo, todo ello en atención a los artículos 22, numerales 1 y 2; 75, numeral 2; 208 y 272 de la constitución.



“Los jueces fundamentaron su decisión de prorrogar la audiencia en el entendido de preservar el debido proceso de ley y con ello darle la oportunidad a las partes de disponer de más tiempo para preparar sus alegatos de defensa”, indica la nota de la  Fundación Justicia y Transparencia.

Trajano Potentini, presidente de la entidad, precisó que el amparo interpuesto en modo alguno busca desconocer la capacidad del Congreso como primer poder del Estado, más bien lo que procuramos es una sentencia declarativa que preserve los derecho políticos, de ciudadanía y fundamentales de los dominicanos y dominicanas, estableciendo las pautas y criterios interpretativos para la eventual modificación del artículo 124 de la Constitución,

restableciendo la reelección, en el sentido de deslindar si el referido artículo se corresponde o no con las características de los derechos de ciudadanía contemplados en el artículo 22.1, y en consecuencia sometido a referendo en los términos del artículo 272 de la constitución.
Potentini garantizó que la FJT demostrará fehacientemente en el juicio de amparo, con la presencia de jueces entendidos en la materia fungiendo como árbitros, que es indispensable el referendo aprobatorio, para refrendar una modificación constitucional que implique derechos fundamentales y de ciudadanía.

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